Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

La Corte Suprema de Justicia falló a favor de Chevron y contra Neuquén

Se trata de una causa donde le reclamaba a la petrolera 12 millones de pesos en regalías.

Para el máximo tribunal es inconstitucional la pretensión de cobrar impuestos por el uso del gas  dentro de las áreas. 
 
Neuquén > La Corte Suprema de Justicia de la Nación falló en contra de la Provincia en una causa contra Chevron en la que se le exigían 12 millones de pesos en concepto de regalías hidrocarburíferas por el gas consumido en el lote El Trapial, del área Huantraico.
De todas formas, desde el gobierno neuquino recordaron que no se trata de regalías ya percibidas que la Provincia deberá devolver sino de un pago que se buscaba incorporar. Este es un dato relevante, ya que no se deberá reintegrar dinero a la petrolera. 
El caso fue seguido de cerca en la industria, porque sienta jurisprudencia ante eventuales reclamos a futuro en otras provincias  contra otras petroleras.
La Corte revocó un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén, que había avalado las pretensiones del gobierno provincial de cobrar una presunta deuda por 12 millones de pesos en concepto de regalías por el gas consumido para la explotación que Chevron realiza en lote El Trapial, del área Huantraico. En un fallo emitido el pasado 25 de junio, el máximo tribunal analizó el recurso de queja que había solicitado la petrolera para que se diera marcha atrás con la medida, tal como se había pronunciado inicialmente la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la provincia.
 
Antecedentes
Al argumentar el fallo, la Corte sostuvo que la cuestión planteada ya había sido resuelta en 2011 en una causa anterior promovida también por Chevron, donde se declaró la inconstitucionalidad del artículo 62 de la ley de la provincia de Neuquén 2.453 y del Decreto Provincial 594 de 2005. La Corte precisó en esa oportunidad que el gas utilizado para generación eléctrica en el yacimiento no debía pagar regalías como reclamaba la Provincia. 
El alto tribunal también argumentó que la inconstitucionalidad de la norma dictada por Neuquén se debía a que se oponía al régimen federal vigente en materia de liquidación y percepción de regalías hidrocarburíferas.
En la resolución de noviembre de 2011, y ante el pedido de declaración de certeza solicitado por Chevron, los jueces de la Corte consideraron que era inconstitucional el artículo 62, punto III, de la Ley 2.453 de la provincia de Neuquén.