Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

La Justicia informa los pasos a seguir para quienes no votaron

El tribunal informó que aquellos ciudadanos que no sufragaron "deberán concurrir a la Secretaría Electoral de su distrito para justificar la no emisión del voto".

Buenos Aires.- La Cámara Electoral brindó precisiones sobre los pasos a seguir por quienes ayer no pudieron votar por encontrarse enfermos, hallarse a más de 500 kilómetros o por algún otro motivo.

El tribunal informó que aquellos ciudadanos que no sufragaron "deberán concurrir a la Secretaría Electoral de su distrito para justificar la no emisión del voto" y esas direcciones se pueden consultar a través de la página web www.pjn.gov.ar.

Quienes se encontraban a más de 500 kilómetros de distancia de su lugar de votación deben presentar en la Secretaría Electoral "en un plazo no mayor a 60 días posteriores a la elección, el certificado emitido el día de la elección por la Policía para justificar la ausencia".

Los que estaban enfermos deben presentar en la misma dependencia o ante la Cámara Nacional Electoral "el certificado médico correspondiente" en el mismo plazo de 60 días.

Se recordó que si el interesado tiene la constancia que justifica la ausencia, pero no realiza el trámite "estará inhabilitado para ejercer cargos públicos por el término de tres años e imposibilitado de realizar trámites ante organismos públicos, como por ejemplo renovar el pasaporte". (Télam)