Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

COMUNICADO DE COMISARIA OCTAVA PIEDRA DEL AGUILA

En virtud de las próximas elecciones del día domingo 23, comisaria octava hizo llegar a los medio de comunicación radial las prohibiciones establecidas por el código Electoral.
VEDA ELECTORAL PROHIBICIONES ELECTORALES ANTES, DURANTE Y DESPUES DE LAS ELECCIONES:
El Código Electoral Nacional establece cuales son los actos de se consideran prohividos a los fines de asegurar el normal desarrollo de los comicios.


ESTA PROHIBIDO:
  • DURANTE EL ACTO ELECTORAL
Los espectáculos populares al aire libre
Los espectáculos en recintos cerrados.
Las fiestas teatrales y deportiva.
Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

  • A OCHENTA METROS DE LA MESA RECEPTORA DE VOTOS
La realización de reuniones de electores en los domicilios
La utilización de las viviendas como depósito de armas.
La apertura de organismos partidarios.
La distribución de boletas de sufragios a los electores.

  •  CUARENTA Y OCHO HORAS ANTES Y HASTA EL CIERRE DEL ACTO ELECTORAL
La realización de actos públicos de proselitismo.
La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios telivisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación de voto del elector.

  • DOCE HORAS ANTES Y TRES HORAS DESPUES DE FINALIZADO EL ACTO
La portación de armas, banderas, divisas u otros distintivos.

  • DURANTE EL ACTO ELECTORAL Y HASTA TRES HORAS DESPUES DEL CIERRE
El expendio de bebidas alcohólicos.

  • ¿DESDE QUE HORA Y HASTA QUE HORA ESTA PROHIBIDO VENDER BEBIDAS ALCOHOLICAS?
Esta prohibido la venta de cualquier clase de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes y hasta 3 horas despues de finalizado el acto electoral (esto incluye restaurantes, bares, cafes, maxi-kioscos, supermercados, almacenes, vinotecas, ete,.). Es decir, entre las 20 hs. el día 22/10/2011 y las 21 hs. del 23/10/2011.
  • ¿PUEDO CELEBRAR UNA FIESTA EL DÍA DE LAS ELECCIONES?
No. los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas, obras de teatro, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral quedan prohibidos durante el desarrollo del acto comicial y pasadas las 3 hs de su clausura. Es decir, entre las 8 y 21 hs del 23 de Octubre.