En virtud de las próximas elecciones del día domingo 23, comisaria octava hizo llegar a los medio de comunicación radial las prohibiciones establecidas por el código Electoral.
VEDA ELECTORAL PROHIBICIONES ELECTORALES ANTES, DURANTE Y DESPUES DE LAS ELECCIONES:
El Código Electoral Nacional establece cuales son los actos de se consideran prohividos a los fines de asegurar el normal desarrollo de los comicios.
ESTA PROHIBIDO:
Los espectáculos en recintos cerrados.
Las fiestas teatrales y deportiva.
Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
La utilización de las viviendas como depósito de armas.
La apertura de organismos partidarios.
La distribución de boletas de sufragios a los electores.
La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios telivisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación de voto del elector.
VEDA ELECTORAL PROHIBICIONES ELECTORALES ANTES, DURANTE Y DESPUES DE LAS ELECCIONES:
El Código Electoral Nacional establece cuales son los actos de se consideran prohividos a los fines de asegurar el normal desarrollo de los comicios.
ESTA PROHIBIDO:
- DURANTE EL ACTO ELECTORAL
Los espectáculos en recintos cerrados.
Las fiestas teatrales y deportiva.
Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
- A OCHENTA METROS DE LA MESA RECEPTORA DE VOTOS
La utilización de las viviendas como depósito de armas.
La apertura de organismos partidarios.
La distribución de boletas de sufragios a los electores.
- CUARENTA Y OCHO HORAS ANTES Y HASTA EL CIERRE DEL ACTO ELECTORAL
La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios telivisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación de voto del elector.
- DOCE HORAS ANTES Y TRES HORAS DESPUES DE FINALIZADO EL ACTO
- DURANTE EL ACTO ELECTORAL Y HASTA TRES HORAS DESPUES DEL CIERRE
- ¿DESDE QUE HORA Y HASTA QUE HORA ESTA PROHIBIDO VENDER BEBIDAS ALCOHOLICAS?
- ¿PUEDO CELEBRAR UNA FIESTA EL DÍA DE LAS ELECCIONES?