Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

¿Libertad de Expresion? Raúl Copetti intimó a La Voz de los Andes


carta documento 676

El doctor Jorge Fernández nos envió una carta documento según estrictas instrucciones de su mandante, Raúl Copetti. Transcribimos el texto completo de la intimación. Mañana, nuestra respuesta legal.

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San Martín de los Andes, 23 de mayo de 2012

”En mi condición de apoderado legal y cumpliendo estrictas instrucciones de mi mandante –Sr. Raúl Copetti– me dirijo a Ud. en su carácter de directora del periódico digital “La Voz de los Andes” y respecto de la nota periodística en ese medio en fecha 21/05/2.012 titulada “Uh. Empezaron con la interna peronista” en la que usted publicó información falaz, injuriosa y agraviante respecto de mi poderdante.

Frente a ello RECHAZO sus palabras cuando dice: “Un rumor a cuatro vientos señala la estrecha relación que mantendría el señor Alberto Bruno con el empresario Raúl Copetti…”.

Tal aseveración –volcada en potencial– no se condice con la realidad, ni puede usted esgrimir argumento, testimonio  y/o documento alguno que sostenga sus dichos.

En el libelo en crisis, Ud. se ha explayado respecto de un supuesto comunicado emitido por una supuesta organización de supuesto nombre “Movimiento Evita San Martín de los Andes” a lo que agrego Ud. hizo lugar a la publicación de comentarios anónimos e injuriantes de la persona de mi representado, situación ésta que la  hace responsable civil y penalmente de los dichos allí volcados. (Corte Suprema de la Nación, fallos “Campillay c/La Razón”, “Costa c/MCBA”, “Espinosa c/Ernestina Herrera de Noble”,  “Pandolfi c/ Rajneri Julio”, entre otros.

Por lo expuesto INTIMO a que en el futuro se abstenga de relacionar a mi mandante con hechos, actos o personas de los cuales Ud. carece de prueba alguna, ello bajo apercibimiento que si ello no lo hiciera, incoar en su contra formal querella por calumnias e injurias –con más dar inicio a las acciones legales en sede civil por los daños y perjuicios que vuestro audaz, infundado e ilegítimo accionar le ha causado a mu poderdante.

A todo evento fijo domicilio en mi estudio jurídico sito en Villegas 851, Of. Nº 3 de ésta ciudad.

QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADA E IMPUESTA DE NUESTRO FUTURO ACCIONAR.