Se trata de otra medida que apunta a cumplir con los requerimientos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para la lucha contra el lavado de dinero.
Las entidades bancarias públicas y privadas de todo el país deberán informar desde mañana a la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre los clientes que depositen sumas mayores a 40.000 pesos.
Buenos Aires.- Las entidades bancarias públicas y privadas de todo el país deberán informar desde mañana a la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre los clientes que depositen sumas mayores a 40.000 pesos.
Se trata de otra medida que apunta a cumplir con los requerimientos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para la lucha contra el lavado de dinero.
La Unidad de Información Financiera y el Banco Central establecieron que, desde este martes 23, los bancos deberán informar al Gobierno los depósitos superiores a los 40.000 pesos.
Además, deberán realizar un perfil completo -más detallado que los actuales- de sus clientes habituales, según lo dispone la resolución 121 publicada el viernes en el Boletín Oficial.
La normativa apunta a unificar el criterio para controlar el sistema financiero en materia de lavado de dinero, que era compartido por la UIF y el Banco Central.
La misma derogó la resolución 37, emitida en febrero por la UIF, que disponía una serie de controles sobre los clientes con operaciones anuales de más de $500.000.
Los bancos deben requerir a sus clientes elementos de identificación, como el Documento Nacional de Identidad, y otros que permitan construir su perfil.
La entidad verificará que el cliente "no se encuentre incluido en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas".
En el caso de los clientes ocasionales, el banco pedirá elementos de identificación de la persona o la empresa y dos declaraciones juradas.
Una declaración deberá indicar estado civil, profesión, oficio, industria o actividad principal, y la otra señalará "expresamente si reviste la calidad de Persona Expuesta Políticamente" (PEP).
Estas son aquellas personas que, por su función, revisten un control excepcional, como los jueces, políticos, sindicalistas o dirigentes empresarios.
La Resolución también establece que los bancos deberán tener esa información a disposición de la UIF en un sistema on line.
Además, deberán denunciar aquellos Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), es decir, aquellas que involucren "montos inusualmente elevados, la complejidad y las modalidades no habituales de las operaciones" o aquellas que tengan incorporan "paraísos fiscales" o países identificados como no cooperativos por el GAFI. (NA)
Las entidades bancarias públicas y privadas de todo el país deberán informar desde mañana a la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre los clientes que depositen sumas mayores a 40.000 pesos.
Buenos Aires.- Las entidades bancarias públicas y privadas de todo el país deberán informar desde mañana a la Unidad de Información Financiera (UIF) sobre los clientes que depositen sumas mayores a 40.000 pesos.
Se trata de otra medida que apunta a cumplir con los requerimientos del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) para la lucha contra el lavado de dinero.
La Unidad de Información Financiera y el Banco Central establecieron que, desde este martes 23, los bancos deberán informar al Gobierno los depósitos superiores a los 40.000 pesos.
Además, deberán realizar un perfil completo -más detallado que los actuales- de sus clientes habituales, según lo dispone la resolución 121 publicada el viernes en el Boletín Oficial.
La normativa apunta a unificar el criterio para controlar el sistema financiero en materia de lavado de dinero, que era compartido por la UIF y el Banco Central.
La misma derogó la resolución 37, emitida en febrero por la UIF, que disponía una serie de controles sobre los clientes con operaciones anuales de más de $500.000.
Los bancos deben requerir a sus clientes elementos de identificación, como el Documento Nacional de Identidad, y otros que permitan construir su perfil.
La entidad verificará que el cliente "no se encuentre incluido en los listados de terroristas y/u organizaciones terroristas".
En el caso de los clientes ocasionales, el banco pedirá elementos de identificación de la persona o la empresa y dos declaraciones juradas.
Una declaración deberá indicar estado civil, profesión, oficio, industria o actividad principal, y la otra señalará "expresamente si reviste la calidad de Persona Expuesta Políticamente" (PEP).
Estas son aquellas personas que, por su función, revisten un control excepcional, como los jueces, políticos, sindicalistas o dirigentes empresarios.
La Resolución también establece que los bancos deberán tener esa información a disposición de la UIF en un sistema on line.
Además, deberán denunciar aquellos Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS), es decir, aquellas que involucren "montos inusualmente elevados, la complejidad y las modalidades no habituales de las operaciones" o aquellas que tengan incorporan "paraísos fiscales" o países identificados como no cooperativos por el GAFI. (NA)