ACTA N° 28/11 del 24 de Agosto de 2011
Siendo las 20:00 Hs. se reúnen en la Sede de la Liga de Fútbol de Neuquén, sita en calle Alderete 1330, los miembros de la Comisión Directiva y los representantes de los clubes.
MULTA
El club DEPORTIVO MUNICIPAL deberá abonar por tesorería la suma de $ 3000.- (pesos tres mil) en concepto de multa según el Art. 65 Inc. “C” del Estatuto LIFUNE, con relación a la no presentación de la Séptima, Novena y Décima división en los partidos que debía disputar el día Lunes 22-08-11 con el Club Patagonia, por el Torneo Clausura 2011.
Siendo las 20:00 Hs. se reúnen en la Sede de la Liga de Fútbol de Neuquén, sita en calle Alderete 1330, los miembros de la Comisión Directiva y los representantes de los clubes.
MULTA
El club DEPORTIVO MUNICIPAL deberá abonar por tesorería la suma de $ 3000.- (pesos tres mil) en concepto de multa según el Art. 65 Inc. “C” del Estatuto LIFUNE, con relación a la no presentación de la Séptima, Novena y Décima división en los partidos que debía disputar el día Lunes 22-08-11 con el Club Patagonia, por el Torneo Clausura 2011.