Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

Neuquén debe pagar honorarios por 680.000 pesos

La corte rechazó un reclamo del Estado, que hora debe abonar costas de abogados. La provincia exigía regalías por gas usado para generar electricidad en yacimientos.

NEUQUÉN (AN).- El Estado neuquino deberá abonar más de 680.000 pesos en concepto de honorarios a un estudio de abogados que representó a la empresa norteamericana Chevron que se opuso al pago de regalías por el gas utilizado para generar electricidad dentro de un yacimiento.
El reclamo de la provincia estaba circunscripto al gas de consumo interno que la empresa utilizó entre enero de 2000 y diciembre de 2003.
Luego de varias instancias, la Corte Suprema de Justicia de la Nación le dio la razón a la empresa -que en Neuquén opera el yacimiento El Trapial, dentro del área Huantraico- y ahora el estado deberá pagarle a los abogados Mario Orts y Jaime Sánchez de la Puente, especialistas en temas de la industria hidrocarburífera, la suma de 680.000 pesos más el porcentaje correspondiente al Impuesto al Valor Agregado.

En el fallo judicial se determinó "la improcedencia de la pretensión de percibir regalías en relación a los volúmenes de gas natural utilizados para generar energía eléctrica que se consume íntegramente en el yacimiento explotado por Chevron en el área Huantraico", definió la corte con la rúbrica de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Higthon de Nolasco, Carlos Fayt, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay.
El reclamo judicial se hizo durante la gestión de Jorge Sobisch y se tradujo en una serie de juicios (agrupados luego en una sola causa) contra la operadora del yacimiento El Trapial, en cercanías de Rincón de los Sauces.
Chevron, una operadora que en los últimos años ha concentrado su actividad en El Trapial, consideró que no podía estar sujeto al pago de regalías (dinero que se obla a la provincia a partir de un precio del valor de venta del producto) el gas que se necesita para el funcionamiento productivo del área en cuestión se resistió a la medida estatal y luego de muchas idas y venidas la corte le dio la razón. Se basó la empresa en el hecho de que no existía una comercialización del producto y argumentó entre otras cosas que no era posible conectarse a una red.
La representación de la provincia estuvo a cargo del fiscal de Estado Raúl Gaitán, quien se mantiene en el cargo aún hasta ahora.
A partir un análisis detallado de la ley de Hidrocarburos se determinó que en "una interpretación armónica de las normas referidas conduce necesariamente a concluir que le asiste la razón a la actora en cuanto a que los volúmenes de gas natural que se utilizan para la generación eléctrica (...) en los yacimientos están excluidos del pago de regalías".