Fuera de su horario laboral, el agente impactó contra otro vehículo en una esquina del Bajo. Adujo que concurría a colaborar en un incendio en Plottier.
Neuquén > Un empleado municipal fue exonerado por conducir alcoholizado y chocar a bordo de un automóvil de la comuna, según se expresa en el Decreto 976/13 del Ejecutivo comunal.
Según se detalla en el escrito oficial, firmado el 25 de octubre pasado, un empleado tuvo un accidente en una esquina del Bajo de la ciudad. El agente manejaba un auto contratado por la comuna y, en el momento del siniestro, estaba a bordo del vehículo. Tras el accidente, el trabajador fue sometido al correspondiente control de alcoholemia, que dio positivo. Por este motivo, el móvil oficial fue secuestrado por la Policía provincial.
“El domingo 26 de mayo de 2013, aproximadamente a las 21.20, un vehículo contratado dominio IGR 179, conducido fuera del horario laboral y sin trabajos asignados por el agente Alfredo Sosa, colisionó contra un Volkswagen Fox en la intersección de avenida Olascoaga y Libertad, dándole positivo el control de alcoholemia al agente, motivo por el cual el auto perteneciente al Municipio fue secuestrado por el área de Tránsito provincial”, se detalla en el decreto.
En el relato se explica que el horario laboral es 8 a 15 y sus funciones se desarrollan de lunes a viernes. También detalla que no tenía a su cargo ni horas ni tareas extras para la conducción del vehículo en la fecha del siniestro.
Perjuicio moral y material
El decreto detalla que hay pruebas del control y de los resultados del alcoholemia positiva, y también se agrega que el descargo del imputado ante el juez de Faltas Nº 2 es acompañado por un certificado de incendio en Plottier que motivó, según aseguró, la utilización por su parte del vehículo para ayudar a las víctimas.
Conclusión
Una vez producido el cierre de la etapa investigativa, el coordinador general del servicio jurídico permanente de Recursos Humanos elevó el informe de conclusiones sumariales. Allí deduce: “El accionar de Alfredo Sosa es violatorio de expresas normas contempladas en la legislación al haber quebrantado las prohibiciones establecidas en el articulo 11 inciso 8 de la norma 7694 - Estatuto para el personal Municipal- al utilizar con fines particulares bienes de propiedad municipal y violentando el principio de confianza que debe primar en la relación laboral”.
Sanción
También se aseguró que “perjudicó moral y materialmente a la administración municipal” y sugirió que se lo sancione con la exoneración por aplicación de las causales dispuestas en el artículo 99 inciso 2 del estatuto para personal municipal, artículo que detalla las causales de la exoneración.