Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

Otro fallo contra el CPE por un alumno muerto

El chico, de la escuela 259 de Atreuco Abajo, se ahogó.
La sentencia alcanza sólo al organismo, no a los docentes.
Los padres no habían autorizado la asistencia de su hijo a la actividad.


NEUQUÉN (AN).- El Consejo Provincial de Educación fue condenado otra vez a indemnizar a los familiares de un alumno que falleció ahogado durante una actividad fuera de la escuela. Esta vez la sentencia alcanza sólo al organismo y no a los docentes.

El fallo se refiere a un hecho ocurrido el 5 de febrero de 2008 en el río Malleo, a 30 kilómetros de Junín de los Andes. El alumno concurría a la escuela 259 del paraje Atreuco Abajo, ubicada a 7 kilómetros del lugar del accidente, y los padres no habían autorizado la asistencia de su hijo a esa actividad.


"Durante el transcurso de la actividad y ante el descuido de los docentes (el alumno, de 17 años) cayó al agua y se asfixió por ahogamiento", dice la demanda según el fallo del juzgado civil 3 de Gustavo Belli, luego ratificado por la sala II de la Cámara Civil.

Cuando las cuatro docentes presentes percibieron su ausencia lo buscaron y encontraron sumergido, y ninguna pudo sacarlo del agua. Finalmente el cuerpo "fue rescatado por dos personas ajenas a la actividad".

En sede penal las docentes fueron absueltas del delito de homicidio culposo. El fallo civil señala por su parte que "la situación en el lugar nunca estuvo bajo estricto control de los educadores, calificando como caótica al momento de producirse el siniestro".

El grupo estaba sin maestra

También indica que el contingente estaba compuesto por 38 alumnos divididos en grupos y el que integraba la víctima se había quedado sin maestra. Los docentes les habían prohibido a los chicos que ingresaran al agua.

Sobre la responsabilidad del Consejo, indica que "si el menor sufre un daño durante el desarrollo de actividades realizadas bajo el control de la autoridad educativa, nacerá la obligación del propietario del establecimiento de indemnizar los perjuicios sufridos por el incumplimiento del deber de cuidado de rango contractual".

El monto fijado para la indemnización no fue suministrado.

La semana pasada "Río Negro" informó de un fallo judicial en el que fueron condenados el Consejo Provincial de Educación y cinco docentes por la muerte de un alumno durante una actividad recreativa en un camping.