Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

Fallo judicial ordena actualizar el mínimo no imponible

Lo resolvió un juez federal de Mar del Plata que planteó que el actual Impuesto a las Ganancias es inaplicable.

BUENOS AIRES.- Un juez federal de Mar del Plata hizo lugar ayer a un recurso de amparo que presentó un empleado contra el Poder Ejecutivo Nacional y la AFIP para evitar que lo alcanzara la ley del Impuesto a las Ganancias tras cobrar su medio aguinaldo y determinó que es necesario ajustar el mínimo no imponible frente a "la inflación pública y notoria existente".
La decisión fue tomada por el juez federal de Mar del Plata Alfredo López, quien declaró la inaplicabilidad del tributo hasta que se actualice el mínimo no imponible.

Éste es el segundo fallo que este mismo magistrado dicta en menos de una semana contra la política impositiva, ya que el viernes pasado declaró que no debe aplicarse un tope salarial para el cobro de las asignaciones familiares, al hacer lugar a una acción de amparo de una trabajadora estatal que al recibir un aumento de sueldo automáticamente dejó de percibir esos beneficios.
El jefe de la CGT Hugo Moyano y el representante de la CTA Pablo Michelli vienen reclamando una modificación por esas políticas que incluyen a asalariados y amenazaron con una movilización a Plaza de Mayo.
El caso en el que intervino la justicia alude a un trabajador –identificado sólo como C. A. A.–, en relación de dependencia, casado, que percibe un sueldo variable que no supera los 5.300 pesos, pero que al recibir la primera cuota del aguinaldo superaba los mínimos impuestos en la ley de Impuesto a las Ganancias en la cuarta categoría.
El trabajador recurrió a la justicia porque "el gobierno no incluyó en el proyecto de ley de presupuesto 2012 la actualización de los pisos no imponibles", lo cual –dijo– "obliga a los trabajadores en relación de dependencia a pagar impuesto a las ganancias, dejándolos en una situación de vulnerabilidad ya que carecen de capacidad contributiva", detalla el fallo.
Pero los abogados de la AFIP sostuvieron que el impuesto a las ganancias "es ante todo un gravamen derivado de la potestad tributaria del Estado que tiene por objeto contribuir al financiamiento publico", y aseguraron que no le correspondía "al Poder Judicial revisar la oportunidad, mérito o conveniencia de los tributos, en tanto y en cuanto no se acredite al respecto una confiscación".
El juez López decidió hacer lugar al amparo y afirmó: "debe tenerse en cuenta que en la última década, caracterizada por la gran crisis económica y social que afrontó nuestro país a comienzos del 2002, el mínimo no imponible fue sufriendo diversas actualizaciones por parte del Estado Nacional", señaló.
Además, el juez estableció que "en lo que va del 2012 y pese que ya faltan pocos meses para finalizar el año, el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias no ha sufrido modificación alguna".