Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

Condenan al CPE y a docentes por una muerte


Un alumno falleció durante un campamento. Hubo una "omisión del deber de vigilancia".
NEUQUÉN (AN).- La Justicia condenó al Consejo Provincial de Educación, a su aseguradora y a cinco docentes a indemnizar a la familia de un alumno de séptimo grado que murió durante una actividad recreativa en un camping de Centenario. Según una de las maestras, deberán pagar entre 700.000 y 800.000 pesos.
Como al parecer el seguro cubre sólo hasta 100.000 pesos, las docentes quieren reunirse con la ministra de Educación, Zulma Reina, para plantearle la situación (ver aparte). En la causa penal fueron sobreseídas, y la condena recayó en sede civil.
La sentencia de la sala 3 de la Cámara Civil, integrada por Fernando Ghisini y Marcelo Medori fue difundida ayer y aún no está firme. En el texto entregado a la prensa no figura el monto a pagar ni el nombre de la víctima, que tenía 15 años y cursaba séptimo grado en la escuela 115 de Neuquén. Cuando ocurrió el hecho se informó que se llamaba Pablo Maidana.

Su muerte se produjo el 30 de noviembre de 2006 en el camping El Rocío de Centenario, cuyos dueños no fueron condenados. Pablo concurrió al lugar junto a otros 26 compañeros y cinco docentes -dos profesores de gimnasia y tres maestras- en el marco de un programa denominado "Campamento educativo" "aprobado por las autoridades escolares y los progenitores de los menores", dice el fallo.
Pasadas las 13, luego del almuerzo, ingresaron a la pileta. A Pablo lo perdieron de vista hasta que un alumno les avisó a los profesores que estaba en el fondo, cubierto por el agua.
Según la autopsia no murió ahogado sino producto de un paro cardiorrespiratorio que lo desencadenó el brusco ingreso al agua. En el fallo de primera instancia, ratificado por la Cámara Civil, quedó consignado que "los docentes no tenían un absoluto control de quienes habían ingresado a la pileta", ya que cuando advirtieron la desaparición de Pablo lo buscaron por otros lados.
Añade que los minutos que demoraron en sacarlo del agua "si bien fueron escasos, también fueron vitales".
"El número de docentes (presentes en el lugar) superaba el que conforme declara la supervisora, exige el CPE; tampoco se cuestiona la profesionalidad de los mismos (...). No es la falta de aptitud profesional o capacitación de los docentes la que se cuestiona; es la omisión del deber de vigilancia que las circunstancias del caso exigían", agrega la sentencia.
Concluye que "la falta de un adecuado control respecto a sus alumnos -al hijo de los actores lo buscaban sin saber dónde estaba- si bien no influyó en los hechos que desencadenaron el paro cardiorrespiratorio, sí tuvieron incidencia en su origen".
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