La Direccion General de Control de Recursos Faunísticos, y Areas Naturales Protegidas, dependiente del Ministerio de Desarrollo Territorial ha emitido al Disposición Nº 001/12 del mes de febrero del presente año, a través de la cual a partir del 01 de Abril del año 2012 y hasta el 31 de mayo del presente año, los Prestadores Turísticos de Pesca Deportiva deberan informar diariamente el recorrido a realizar con los clientes, presentando ante la Delegación de Fauna que corresponda con antelacion el Formulario de Seguimiento .
La misma es de carácter obligatorio.
Procedimiento
Respecto a los Formularios a Completar
Prestadores de la actividad de pesca deportiva, habilitados por la Subsecretaría de Turismo, deberán descargar e imprimir los Formulario correspondientes, (Descargar el formulario, Archivo PDF de 2MB), completar los datos y recorridos solicitados y presentar los mismos impresos (en original y duplicado) en las Oficinas Regionales o de Coordinación de Fauna más próxima a su domicilio.
De ser posible, este trámite debe realizarse como máximo con 24hs de antelación a la prestación del servicio.
El formulario original, con la conformación del RECIBIDO por parte de FAUNA, deberá ser presentado por el GUÍA en el momento que le sea requerido por el GUARDAFAUNA, como constancia del trámite realizado.
Respecto a las Oficinas de Fauna Habilitadas
Considérense habilitadas a los efectos de la presentación de los formularios, las mencionadas en el Reglamento de Pesca Deportiva Continental Patagónico, Anexo Neuquén página 19.
La Oficina receptora de los Formularios, será responsable de comunicar a las subsiguientes oficinas y de acuerdo a la jurisdicción de las mismas, las actividades y registros que existan para cada una de ellas.