
El acusado, identificado como Ramón Coliluan, de 22 años, fue
notificado ayer de la resolución y encerrado en un calabozo de la
penitenciaria provincial.
El ataque contra la mujer se produjo en los primeros días de marzo
pasado en un departamento ubicado en la zona del bajo de la ciudad.
Las investigaciones iniciales fueron sumamente complejas. La víctima
denunció el hecho dos semanas después de haberse perpetrado. Lo hizo
atemorizada por una persistente persecución por parte del violador.
Además, lavó las sábanas y limpió en forma extremada la habitación donde
se produjo el violento ataque.
Sin embargo, para el Juez y la Fiscal de Graves Atentados contra las
Personas Sandra González Taboada, el sospechoso, al momento de ser
interrogado falseó su declaración y por si fuera poco le encontraron en
su caso un manojo de llaves que se corresponden con el edificio y el
departamento que ocupaba la joven violada. También un cuchillo el que
fuera reconocido como el arma utilizada el día del hecho.
Más aún: la víctima no dudó en señalar a Coliluan en forma terminante
en una rueda de reconocimientos como el autor de los delitos contra la
integridad sexual.
Muñoz demostró que Coliluan ingresó en la madrugada y en forma
destinamente al domicilio de la mujer en momento en que dormía. El
agresor la amenazó con un cuchillo para que no se resistiera, se le tiró
encima y a la fuerza le arrancó el pijama que vestía y finalmente abusó
de ella en forma vaginal y anal.
Luego la obligó a ir a bañarse y previo amenazarla de que no contara
nada, se retiró del lugar llevándose el juego de llaves de las puertas
de entrada del departamento y del edificio.
Coliluan declaró dos veces. En el primer testimonio dijo que el día
de los hechos fue a un boliche, que se encontró con amigos, que conoció
en el lugar.
Expresó que consumieron bebidas alcohólicas, que gastó más de 700
pesos y que luego de comer fiambre “me desmayé en la cama” y que se
levantó cerca de la una de la tarde.
Preguntado sobre la joven violada fue terminante al responder que “nunca la había visto”.
En su segunda exposición el sujeto admitió que conocía a la mujer y que mantuvieron algunos encuentros en su departamento.
Muñoz señaló que no obstante la distinta prueba que se perdió en
parte atribuible a la conducta de la víctima y el tiempo transcurrido
par efectuar la denuncia, dio por acreditada la materialidad objetiva
del hecho y por demostrada la autoría y responsabilidad criminal del
sujeto.
Para el Juez los intentos de Coliluan de mejorar su situación
procesal resultaron inútiles. Primero declaró que no conocía la mujer y
luego, en otra declaración, lo admitió y procuró armar el inició de una
relación sentimental con la víctima.
EL Juez señala que los dichos se fundan en circunstancias y hechos
que no tienen un hilo conductor viable, sólido y comprobable o
demostrable. Además, el imputado, se contradice perdiéndose en las
distintas situaciones que pretende hacer creer como vividas,
desacreditando en forma inconsistente a la víctima.
Este último testimonio, agrega el Magistrado, se encuentra “viciado y
plagado de mendacidades vertidas por el imputado en autos con la sola
intención de sustraerse a la responsabilidad por el hecho investigado.
Finalmente calificó su conducta penal como abuso sexual calificado
por haber sido accedida carnalmente vía vaginal y anal, previo ser
intimidada con un arma blanca. En el caso de ser llevado a juicio y de
mantenerse las imputaciones, el sujeto podría purgar una condena de
entre 8 y 20 años de prisión de cumplimiento