Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

Encierran a un violador

El individuo que abusó sexualmente con acceso carnal a una joven profesional de esta ciudad, fue procesado con prisión preventiva por el titular del Juzgado de Instrucción Tres Marcelo Muñoz.
El acusado, identificado como Ramón Coliluan, de 22 años, fue notificado ayer de la resolución y encerrado en un calabozo de la penitenciaria provincial.
El ataque contra la mujer se produjo en los primeros días de marzo pasado en un departamento ubicado en la zona del bajo de la ciudad.

Las investigaciones iniciales fueron sumamente complejas. La víctima denunció el hecho dos semanas después de haberse perpetrado. Lo hizo atemorizada por una persistente persecución por parte del violador. Además, lavó las sábanas y limpió en forma extremada la habitación donde se produjo el violento ataque.
Sin embargo, para el Juez y la Fiscal de Graves Atentados contra las Personas Sandra González Taboada, el sospechoso, al momento de ser interrogado falseó su declaración y por si fuera poco le encontraron en su caso un manojo de llaves que se corresponden con el edificio y el departamento que ocupaba la joven violada. También un cuchillo el que fuera reconocido como el arma utilizada el día del hecho.
Más aún: la víctima no dudó en señalar a Coliluan en forma terminante en una rueda de reconocimientos como el autor de los delitos contra la integridad sexual.
Muñoz demostró que Coliluan ingresó en la madrugada y en forma destinamente al domicilio de la mujer en momento en que dormía. El agresor la amenazó con un cuchillo para que no se resistiera, se le tiró encima y a la fuerza le arrancó el pijama que vestía y finalmente abusó de ella en forma vaginal y anal.
Luego la obligó a ir a bañarse y previo amenazarla de que no contara nada, se retiró del lugar llevándose el juego de llaves de las puertas de entrada del departamento y del edificio.
Coliluan declaró dos veces. En el primer testimonio dijo que el día de los hechos fue a un boliche, que se encontró con amigos, que conoció en el lugar.
Expresó que consumieron bebidas alcohólicas, que gastó más de 700 pesos y que luego de comer fiambre “me desmayé en la cama” y que se levantó cerca de la una de la tarde.
Preguntado sobre la joven violada fue terminante al responder que “nunca la había visto”.
En su segunda exposición el sujeto admitió que conocía a la mujer y que mantuvieron algunos encuentros en su departamento.
Muñoz señaló que no obstante la distinta prueba que se perdió en parte atribuible a la conducta de la víctima y el tiempo transcurrido par efectuar la denuncia, dio por acreditada la materialidad objetiva del hecho y por demostrada la autoría y responsabilidad criminal del sujeto.
Para el Juez los intentos de Coliluan de mejorar su situación procesal resultaron inútiles. Primero declaró que no conocía la mujer y luego, en otra declaración, lo admitió y procuró armar el inició de una relación sentimental con la víctima.
EL Juez señala que los dichos se fundan en circunstancias y hechos que no tienen un hilo conductor viable, sólido y comprobable o demostrable. Además, el imputado, se contradice perdiéndose en las distintas situaciones que pretende hacer creer como vividas, desacreditando en forma inconsistente a la víctima.
Este último testimonio, agrega el Magistrado, se encuentra “viciado y plagado de mendacidades vertidas por el imputado en autos con la sola intención de sustraerse a la responsabilidad por el hecho investigado.
Finalmente calificó su conducta penal como abuso sexual calificado por haber sido accedida carnalmente vía vaginal y anal, previo ser intimidada con un arma blanca. En el caso de ser llevado a juicio y de mantenerse las imputaciones, el sujeto podría purgar una condena de entre 8 y 20 años de prisión de cumplimiento