Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

El Gobierno prorrogará otros 60 días la prohibición de despedir sin justa causa

 Se publicará este jueves en el Boletín Oficial. Dispone que no haya cesantías, en el contexto pandémico generado por el coronavirus.


El Gobierno nacional oficializará mañana la extensión por otros 60 días de la prohibición de producir despidos "sin justa causa y por razones de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor", por lo que el decreto regirá hasta fines de noviembre, informó esta noche a Télam el Ministerio de Trabajo.

La prohibición de producir cesantías se publicará mañana en el Boletín Oficial, según aseguraron las fuentes oficiales, en el contexto de un decreto que firmará el presidente Alberto Fernández "en acuerdo general de ministros".

La decisión fue adoptada en el contexto de "la emergencia pública económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social" determinada por la Ley 27.541, la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por decreto 260/20 y las medidas de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de “distanciamiento social" de los decretos 297/20 y 520/20.

También el decreto presidencial prorrogará la prohibición de suspender por causas de "fuerza mayor o ausencia o disminución de trabajo" por ese plazo, a excepción de las realizadas según el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), según especificaron a esta agencia las fuentes laborales.

La medida ratificará también que "los despidos y suspensiones que se dispongan y violen las disposiciones adoptadas no producirán ningún efecto", y que "se mantendrán vigentes las relaciones laborales y sus condiciones actuales".

La prórroga de despidos y suspensiones no se aplicará a las contrataciones realizadas con posterioridad a su vigencia, pero la medida "no será de aplicación en el sector público definido en el artículo 8 de la Ley 24.156 y sus modificatorias, con independencia del régimen jurídico al que esté sujeto el personal de los organismos, sociedades, empresas o entidades que lo integran".