Resolución que habilita actividad comercial por Día del Padre. Como ya hemos mencionado anteriormente, apelamos a la responsabilidad individual al hacer uso de estas actividades que se permiten gracias al trabajo colectivo que se esta realizando en el marco de evitar la llegada del COVID19 a nuestra localidad.
📌ES IMPORTANTE REMARCAR QUE ESTAS HABILITACIONES SON VÁLIDAS SÓLO POR EL DÍA DOMINGO 21 DE JUNIO DE 2020, SIN EXCEPCIONES📌
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE RESUELVE:
Articulo 1º: AMPLÍASE excepcionalmente, durante el día Domingo 21 de Junio de 2020, y con la finalidad de facilitar la celebración o conmemoración familiar del “Día del Padre”; el horario exclusivo de circulación de personas en las vías públicas hasta las 23:00 horas en aquellas localidades neuquinas que NO tengan casos activos de COVID-19 al día de la fecha. En ningún caso esa circulación podrá exceder los LIMITES DEPARTAMENTALES fijados en el artículo 4º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520 del Poder Ejecutivo Nacional.
Artículo 2º: AUTORÍZASE excepcionalmente la circulación vehicular durante el día Domingo 21 de Junio de 2020 entre las 08:00 y las 23:00 horas, en las vías públicas de aquellas localidades neuquinas incluidas en el alcance del artículo 1º de la presente norma y para la finalidad dispuesta en el mismo.
Artículo 3°: AUTORÍZASE excepcionalmente la apertura de locales comerciales durante el día Domingo 21 de Junio de 2020 entre las 08:00 y las 23:00 horas,en aquellas localidades neuquinas incluidas en el alcance del artículo 1º de la presente norma.