Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

Sin capuchas, ni palos: los 17 puntos salientes del protocolo antipiquetes

Un resumen de las claves del plan aprobado por la mayoría de las provincias. Se prohíben los palos, las molotov y se regula el uso de la fuerza. Todo el detalle
                                                               Foto Ilustrativa
1- Obliga a todas las fuerzas de seguridad nacionales, provinciales y de la ciudad de Buenos Aires a cumplir el protocolo.
2- Se ratifica que las protestas que impiden la circulación son delitos penales, tipificados en el artículo 194 del Código Penal, que establece:
El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, provisión de agua o sustancias energéticas, será reprimido con prisión de 3 meses a 2 años.

3- Divide las protestas en "espontáneas" y "programadas".
Programadas: son aquellas informadas por los líderes de la manifestación con anticipación a las autoridades.

4- En todos los casos, se ratifica que se debe garantizar la libre circulación de personas y bienes.

5- Ante una protesta se establecerá "un espacio de negociación para que cese el corte y se dará aviso a la Justicia".

6- Luego, el jefe del operativo de seguridad impartirá la orden por megáfonos o a viva voz para que se permita la libre circulación.

7- Si no se cumple la orden, y bajo apercibimiento de ser acusados de violar el artículo 194 del Código Penal, se les solicitará que depongan el corte bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido para los casos de los delitos cometidos en flagrancia.

8- Se pondrá en conocimiento del magistrado competente y se procederá a intervenir y disolver la manifestación. Para ello, las instrucciones de la autoridad policial se harán por medio de frases cortas y claras.

9- No se podrá estar con palos ni elementos contundentes o inflamables, tipo molotov, o pirotecnia. En caso de haber manifestantes con esos elementos se procederá a aislar e identificar a las personas.

10: El uso de la fuerza debe respetar los principios de Legalidad, Oportunidad, Último recurso frente a una resistencia o amenaza y gradualidad.

11- Liberadas las vías de circulación, se procederá a establecer una instancia de negociación con el líder o representante del grupo de manifestantes, a los fines de canalizar sus reclamos.

12- Si llegase a haber daños, se promoverá "acción civil" para que se repongan los bienes dañados.

13: Si hay detenciones, se informará el motivo del arresto, se dará lectura de sus derechos y se procederá a su inmediato traslado.

14- Para los medios de comunicación se establecerá "una zona determinada, donde se garantice la protección de su integridad física, y no interfieran con el procedimiento. Se impide confiscar o destruir material o herramientas de trabajo de los periodistas.

15- Habrá un jefe de operativo y un oficial superior y un responsable político que dependa de las autoridades nacionales o provinciales, según corresponda.

16- Las fuerzas de seguridad deberán acompañar la desconcentración de la manifestación.

17- Se procederá a la filmación (video y audio) y fotografía de los operativos, para el caso de ser requeridas posteriormente por la Justicia, o permitan evaluar el desempeño del personal interviniente.