Breve Reseña

Esta emisora de radio nace por una necesidad de comunicación que tenía la zona de Piedra del Aguila y sus alrededores.
Por aquellos tiempos un soñador llamado Oscar Isaac Lillo emitía por primera vez un 13 de octubre de 1986, la radio experimental Piedra del Aguila en amplitud modulada.
El objetivo siempre fue servir a las instituciones, destacar los parajes, sus pobladores (que por diversos motivos aun continuan aislados en zonas rurales), el mensaje comunitario, el llamado urgente etc., son frases que se destacan en la actualidad.
Los pobladores de estos lugares siempre están espectantes de la información y diversos acontecimientos que se producen en la localidad, en el País y el exterior debido a la cambiente realidad actual.
Hoy el medio de comunicacion va actualizandose tecnologicamente de acuerdo a las innovaciones que se producen en el campo de la radiodifusión.

Aumentos de luz: habrá una tarifa social gratuita

Los usuarios que tengan una demanda inferior a los 150 KW no pagarán por la luz. Además habrá una tarifa de $31 para los usuarios de bajo consumo que no hayan aumentado la demanda en el último año.

El gobierno nacional publicó este miércoles el nuevo cuadro tarifario de la energía eléctrica que regirá entre el 1° de febrero y el 30 de abril. El esquema incluye una novedad: los usuarios que consuman menos de 150 kilovatios (KW) no pagarán por la energía. Así surge en el artículo 7° de la resolución 6/2016, firmada por el Ministerio de Energía.

La norma también incluye un sistema diferenciado para calcular los consumos de los usuarios que demanden entre 150 KW y 300 KW y no hayan aumentado el gasto energético con respecto al año anterior: sólo pagarán 31,39 pesos.

ARTÍCULO 7° — Establécese la aplicación, durante el período comprendido entre el 1° de febrero de 2016 y el 30 de abril de 2016, de los Precios de Referencia de la Energía en el Mercado que se describen a continuación, para toda aquella demanda de energía eléctrica declarada por los Agentes Distribuidores del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como destinada a abastecer a sus Usuarios de energía eléctrica, o de los que puedan ser atendidos por otros prestadores del servicio de distribución de energía eléctrica dentro de su área de influencia o concesión, cuya demanda no alcance los DIEZ KILOVATIOS (10 kW), sea identificada de carácter residencial en los cuadros tarifarios respectivos y a cuyo consumo se le haya otorgado la Tarifa Social, según lo previsto en los considerandos del presente acto, para lo cual se deberá tener en cuenta que:

a) Hasta un consumo mensual de CIENTO CINCUENTA KILOVATIOS HORA (150 kWh/mes), los precios de referencia de la energía serán los siguientes:
En horas de pico ($PEST.PICO): CERO PESOS POR MEGAVATIO HORA (0,0 $/MWh).
En horas restantes ($PEST.RESTO): CERO PESOS POR MEGAVATIO HORA (0,0 $/MWh).
En horas de valle ($PEST.VALLE): CERO PESOS POR MEGAVATIO HORA (0,0 $/MWh).

b) Para el consumo mensual excedente de CIENTO CINCUENTA KILOVATIOS HORA (150 kWh/mes) y siempre que el consumo mensual total sea MENOR o IGUAL al registrado en el mismo mes del año 2015, los precios de referencia de la energía serán los siguientes:
En horas de pico ($PEST.PICO): TREINTA Y UN PESOS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA (31,39 $/MWh).
En horas restantes ($PEST.RESTO): VEINTISIETE PESOS CON NUEVE CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA (27,09 $/MWh).
En horas de valle ($PEST.VALLE): VEINTIDÓS PESOS CON VEINTISÉIS CENTAVOS POR MEGAVATIO HORA (22,26 $/MWh).