Rigen desde principio de mes, a partir de una resolución de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte.
En tiempo de vacaciones son muchos los niños que deben trasladarse por el país, para pasarlas con alguno de sus progenitores o con allegados, regresar a sus hogares después de las actividades escolares en alguna otra ciudad o por diversos motivos.
La nueva normativa de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte que entró en vigencia al finalizar el año anterior tomó por sorpresa a los responsables adultos que en muchos casos se vieron complicados para cumplimentar los requisitos que según expresan las autoridades y los empresarios apunta a evitar el tráfico de niños y la explotación infantil.
La obligación de tener que certificar firmas ante escribano o ante un funcionario autorizado provoca que la gestión tenga que hacerse exclusivamente en horarios y días hábiles y ya no en comisarías, que podían emitir la documentación durante sábados, domingos o feriados.
La obligación de presentar la partida de nacimiento del menor de edad también generó complicaciones en muchas personas en estos últimos días. Por ejemplo, tíos que tuvieron a sus sobrinos en sus casas para pasar Año Nuevo se vieron en dificultades para poder enviar a los adolescentes a sus hogares por no tener esos papeles.
Lo mismo ocurrió con padres separados que no tomaron las previsiones ante el endurecimiento de las medidas y las restricciones que comenzaron a regir recientemente.
“Lo que se hizo es igualar las exigencias que tiene un menor para viajar en avión con el colectivo, pidiendo autorización por escribano y con eso tienen la posibilidad de viajar”, explicó el empresario local del transporte Fabricio Balogh, en declaraciones a Radio Nacional Viedma.
El titular del Registro Civil de Río Negro Lucas Villagrán sostuvo que para las autorizaciones de viajes interjuridisccionales de menores de edad “se debe descargar un formulario desde la CNRT y se certifica la firma del progenitor que está autorizando”, en el organismo que conduce.
El formulario que se completa y que puede descargarse online debe ser presentado también ante los choferes y entregado por el pasajero cuando se lo requiera en cualquier momento del viaje.
Las nuevas disposiciones provocaron quejas y malestar en estos días para quienes no tomaron las correspondientes previsiones.
Villagrán recomendó consultar en las empresas la documentación necesaria con la debida anticipación.
Los requisitos
Las nuevas disposiciones del la CNRT fijan que:
Si el menor tiene menos de 6 años podrá viajar únicamente acompañado por un Representante Legal o Tercero Autorizado.
Los menores de entre 6 y 12 años, inclusive, deberán viajar acompañados por un Representante Legal, Tercero Autorizado o utilizando el servicio de Menor no Acompañado que podrán brindar las empresas.
Los que tienen entre 13 y 17 años podrán viajar acompañados o solos, contando con las autorizaciones requeridas. El vínculo filiatorio siempre debe ser acreditado ante escribano, Juzgado de Paz o Registro Civil.
Existen tres opciones para la tramitación de cualquiera de las autorizaciones:
1- En las boleterías de las empresas, completando el formulario para tal fin que se puede descargar en forma online.
2- En las delegaciones de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte ubicadas en las terminales.
3- A través de escribanos, juez competente, autoridad competente del Registro Civil y Capacidad de las Personas, Justicia de Paz y otras autoridades administrativas y judiciales.
Las medidas forman parte del plan de seguridad en el transporte para combatir la trata y el narcotráfico, articulado por los ministerios de Transporte y de Seguridad de la Nación.